La semana pasada, el Diari Ara se hizo eco de las cuestionables prácticas del autodenominado Rey del Rent to Rent, Miguel Marzal. El reportaje me nombra y, a sabiendas de que digo cosas que necesito probar, escribo estas líneas para completar la información. Si tú también eres afectad@, puedes contactar con el periódico y contarles tu caso.
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Actualizado 12.4.26: el pasado 10 de abril de 2026 tuve la oportunidad de participar en el programa l’Altaveu en RTV 2 Catalunya.
Actualizado 22.4.26: Miguel Marzal habla de actividades potencialmente delictivas en el podcast de Juan Góngora.
Actualizado 23.5.26: El fracaso de Miguel Marzal
Actualizado 16.6.26: La verdad oculta sobre TATC Living
Actualizado 12.7.26: Dudas razonables sobre declaraciones públicas de TATC Living
Actualizado 9.8.26: [AUDIO] Miguel Marzal se niega a cumplir el contrato
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Los conceptos jurídicos
El Art. 243 del Código Penal define la extorsión como aquello que practica quien, “con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero”.
El Art. 248 del Código Penal dicta que “cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”.
La presunción de inocencia
Estando nuestros desacuerdos sub iudice, no soy quien para sentenciar con firmeza los actos de Miguel “Marzal” Krasnoruzhskikh Dvorkin. Tampoco lo hace el Diari Ara. El ánimo es demostrativo. Mis conjeturas son presunciones, para las cuales aporto los datos que tengo de forma que cada cual, es su fuero privado, pueda extraer sus propias conclusiones al tiempo que, bajo la luz pública, la información refrende mis afirmaciones. Soy consciente de que lo contrario, dar por hecho sin sentencia firme, tienta la calumnia.
Con tal de interpretar la situación desde las potestades que nos atribuye el contrato, he de aclarar que en todo momento TATC es mi mandante (“mandatario verbal”). Tienen un contrato para la gestión de la explotación de los pisos. Ni son mis inquilinos, ni detentan la propiedad del piso, ni nada parecido:

Lo que dice nuestro contrato
En lo que acordé con Te Alquilamos Tu Casa (ahora TATCLiving), el contrato dice claramente que con el debido preaviso, al término de un año desde la firma, el arrendador puede rescindir el “Contrato de gestión de los derechos de explotación”:

Siendo que con TATC se acordaba la gestión, no la ocupación, de mis pisos, suscribimos una cláusula en la que serían mis mandantes:

Leído esto, considero aclarado que, pasado un año, yo estaba en mi derecho de rescindir el contrato y retomar la gestión de los pisos. Así se hizo, por burofax, con el debido preaviso. Además, TATC no estaba autorizado a firmar como empresa propietaria, sino como mandados de mi persona.
¿Plausible extorsión?
Aquí las conversaciones por WhatsApp tras mi negativa a que siguiesen gestionando los pisos:



La cláusula que malinterpreta Miguel, pues no contradice la anterior, es esta, redactada de forma confusa y torticera:

¿La amenaza? Que si no pago, tendé problemas, cuando no tengo ni por qué pagar ni por qué tener problemas. Decir que si quiero gestionar mis pisos, cuando de las conversaciones se deduce que entiende que tengo derecho, tendré que abonarle el pago de una arbitraria multa (irrealizable porque yo dependía por entero de esta misma fuente de ingresos) aludiendo a que de lo contrario me problematizaría la vida legalmente; y a día de hoy, todavía no ha devuelto las llaves. Esgrime abogados que nunca aparecieron, ni ha contestado a los burofax. Hasta entraron por sorpresa (hay denuncia) tiempo después, aprovechando que tenían las llaves, en un piso y los pillamos sustrayendo muebles. Con esto dicho, cito fragmentos de Miguel (previos a la petición de dinero) donde se comprueba que entiende perfectamente que el contrato se ha terminado:




¿Y el engaño? Miguel malinterpreta que el contrato me obliga a 5 años, que vencerlo pasado un año es una resolución anticipada y sancionable. A esto se suma, como enseño a continuación, que había pasado de ser mi mandante a firmar como propiedad, y esos contratos los esgrimió para tratar de impedir por la LAU (nunca suscribimos nada por la LAU) que recuperase la gestión del inmueble, que me es legítima. De las conversaciones se deduce que lo entendía perfectamente. Como también olvida los burofax enviados a lo largo de un año recordando los retrasos en los pagos y la obligación de emitir facturas al propietario. Hagamos memoria; uno de tantos burofaxes enviados que no tuvieron respuesta, del 17 de noviembre de 2023:

Añado además uno de los audios (la voz ha sido alterada para proteger el registro biométrico) de una inquilina que explica que, al custodiar TATC el depósito, si me paga a mí (no si impaga), no le devolverán la fianza; que tampoco le devolvieron, porque al final la aboné yo cuando se fue:
También les dicen que yo no puedo (mentira) acceder al piso, y aluden a que el contrato lo tienen con TATC (recordemos que son mis mandantes pero han firmado contratos como la propiedad):
Mención especial a ponerse digno con la Constitución, como si el piso que gestiona fuese su domicilio particular:

Visto esto; concurre que estando yo en mi derecho, se me conmina a no ejercerlo, sopena de un perjuicio contra mi patrimonio y problemas legales. Y se hace con insistencia, con una reticencia que viene de antes, de los impagos. Es coherente considerar que pueda entenderse como coacción, por asumir con exigencias una falsedad dolosa y si cuela, cuela una actitud que excede lo que el sentido común entiende por civismo.
A esto le siguieron dos meses en los que TATC trató de usurpar el piso. Les devolví los pagos y exigí que dejasen los pisos. En agosto se dieron por vencidos y entonces sí, me dejaron los pisos. Me costó meses recuperarlos porque habían metido a inquilinos morosos que no se comunicaban, y tuve que pagarles para que se fuesen (la única vez que alguien me ha acompañado a un piso grabando, por si acaso). El caso es que TATC todavía no ha entregado las llaves, pagado lo que deben o demostrado con facturas nada de lo que Miguel me comenta:

La guinda fue firmarme un contrato de luz con esta persona. No esperó. Firmó por mí y listo. Me llegó un SMS. No he leído ni el contrato. Para eso sí se dio prisa.
Si firmamos en mayo de 2023, él gestionaba hasta mayo de 2024. Su desestimiento llegó el primero de agosto, si no recuerdo mal. Hay dos meses de diferencia; dos meses de deuda, y otro tanto por los depósitos. Son tres tantos, en total.
¿Plausible estafa?
Dijeron ser mis mandantes y que me quedaría tranquilo con ellos, para después firmar como propietarios (algo que, de haber sabido, me habría motivado a no contratarles). Eso esgrimieron, y lo del “domicilio”, para tentar con llamar a la policía, y atraparme en el contrato 5 años. Eso, cuando quise dejarles. Porque antes, cobraban conceptos de más a terceros* mientras se retrasaban en mis pagos. Et al. Luego aparece Miguel en un Lambo diciendo que no debe nada. Aquí está:

Aquí, la cláusula de nuestro contrato que dice que “El AGENTE se obliga a facilitar el paso y examen del inmueble a las personas que, debidamente autorizadas por el PROPIETARIO, quieran comprobar el estado de conservación del mismo o realizar cualquier obra o reparación”. Entiendo que esto incluye representarme a mí mismo.

Y aquí, parte de un contrato que firmaron con mis inquilinos donde se ve la jugada; ya no son “mandantes”; de cara al inquilino, se postulan como propietarios de pleno dominio:

A grandes rasgos, si toda esta confusión, que según el Diari Ara parece sistemática, sirve para enriquecerse, se podría considerar que las formas de proceder de TATC sean análogas a lo que se entiende en nuestro ordenamiento por “estafa”: provocar engaño bastante (firmar documentos como propietario de pleno dominio a sabiendas de su falsedad, tratar de confundir los conceptos de gestión y domicilio para que el propietario no acceda al piso, etc.) con tal de que alguien te ceda un control que termine provocándole un perjuicio económico a costa de tu enriquecimiento. Además, si la actitud se repite en el tiempo, que cada cual considere si encajarla en nuestro ideas de civismo.
* Por ejemplo, el cobro de unos gastos de entrada de 150€ no pactados:

Y para acabar…
El streamer Rhecky comentó el pasado 4 de abril de 2026 en su stream (1:29:32) un vídeo donde se ve a Miguel Marzal presumir de una reforma. “El poder de la imaginación”, un “presupuesto real”, “obviamente no hemos querido ser unos jugarretas”, et al. Está curioso, sobre todo el chat en Twitch.

Con esto, espero haber matizado mis afirmaciones y probado con suficiencia que no son infundadas. Se pueden encontrar más opiniones similares sobre Te Alquilamos Tu Casa/TATCLiving en TrustPilot, donde otras reseñas en sentido contrario me hacen sospechar; me faltan pruebas.
Actualizado 15.4.26: parece que Miguel Marzal se dedica ahora a pedir dinero (“mínimo 25.000€”) para supuestos flips inmobiliarios desde “Flips & Go“, una web que no especifica qué persona jurídica hay detrás (al parecer, no es FLIP&GO REAL ESTATE SL, B75564534, cuya web es esta) ni provee una medida objetiva de rentabilidad.

Comentarios
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